viernes 19 de junio de 2026 - Edición Nº2753

Regional | 19 jun 2026

Justicia, fondos públicos y condenas firmes

Sobresueldos: la Corte dejó firmes las condenas a exfuncionarios rionegrinos

El máximo tribunal rechazó la apelación de exministros radicales y confirmó las condenas por el manejo discrecional de fondos públicos fuera de los mecanismos legales de control.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la apelación presentada por exfuncionarios radicales en la causa conocida como sobresueldos y dejó firmes las condenas dictadas por la Justicia rionegrina. Con esta decisión, quedó confirmado el fallo del Superior Tribunal de Justicia y la sentencia penal de primera instancia.

Los exfuncionarios César Barbeito, exministro de Coordinación, y Francisco González, exsecretario General de la Gobernación, quedaron con condenas de tres años y medio de prisión efectiva. También quedaron firmes las penas de dos años y medio de prisión para los exministros Omar Contreras, Cristina Uría, Juan Accatino, Alfredo Pega y Diego Larreguy, además del extesorero José Ongaro.

El caso se había originado a partir de la acusación fiscal sobre un sistema de cobro de dinero en efectivo por parte de funcionarios autorizados. Según la investigación, esos fondos eran retirados de la esfera de control formal de la administración y luego distribuidos total o parcialmente entre cargos jerárquicos de cada área, de manera discrecional y sin respaldo normativo suficiente.
 

El eje del fallo: fondos públicos fuera de control
 

La defensa había cuestionado la condena con distintos argumentos. Entre ellos, planteó la nulidad de la elevación a juicio, sostuvo que no correspondía la figura de peculado y afirmó que el dinero había sido pagado a funcionarios que firmaban recibos. También alegó que no se había probado el dolo directo y que habían intervenido organismos de control internos y externos.

Sin embargo, el STJ había rechazado esos planteos. El voto mayoritario sostuvo que el derecho de defensa fue ejercido durante todo el proceso y que los imputados habían contado con las garantías necesarias. También consideró que los acusados dejaron vencer los plazos legales para oponerse a la elevación a juicio.

En cuanto al fondo de la causa, la Justicia entendió que no existía una norma que habilitara el pago de esos adicionales a funcionarios y que el dinero cobrado en efectivo era distribuido sin parámetros legales. Para el tribunal, los imputados separaron esos fondos de la custodia de la administración y los pusieron bajo su propio control para asignarlos según su criterio.
 

Una causa que expone la fragilidad de los controles
 

Uno de los puntos más sensibles del fallo es la discusión sobre los controles estatales. Las defensas sostuvieron que el Tribunal de Cuentas y la Legislatura habían intervenido en la revisión de los gastos. Pero la sentencia marcó una diferencia clave: esos organismos aprobaron ejecuciones presupuestarias y gastos globales, pero no quedó acreditado que hubieran controlado los expedientes concretos por los que fueron juzgados los exfuncionarios.

La Justicia también señaló que no quedó claro el destino total de los montos cobrados en efectivo. Aunque una parte pudo haber sido utilizada con el destino declarado por los imputados, los informes oficiales no permitieron reconstruir con precisión la totalidad de los fondos ni algunas porciones relevantes.

El fallo además destacó un dato institucional significativo: la necesidad de ratificar recibos no oficiales ante escribana pública fue interpretada como una señal de la fragilidad legal del sistema utilizado.

Con la decisión de la Corte Suprema, la causa queda cerrada en términos judiciales y adquiere un peso político mayor. No se trata solo de condenas individuales, sino de la confirmación de un mecanismo que funcionó por fuera de reglas claras para administrar dinero público.

El caso deja una advertencia que excede a los nombres propios: cuando los fondos estatales se manejan sin registro formal, sin norma habilitante y sin controles específicos, la discrecionalidad deja de ser una práctica administrativa discutible y pasa a convertirse en un problema penal e institucional.

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