miércoles 30 de abril de 2025 - Edición Nº2338

Regional | 14 mar 2025

Judiciales

Confirmaron la condena para los responsables de la muerte del oficial Mandagaray en Bahía Creek

El tribunal de juicio de Viedma dictó sentencia el 25 de julio de 2023, determinando que Mandagaray, de 21 años, murió por asfixia por sumersión como consecuencia de una hemorragia subaracnoidea traumática, marco en el cual se encontraba por presión de sus superiores, pese a la advertencia de la incapacidad para nadar que el fallecido explicó.


El 15 de abril de 2021, durante un entrenamiento en la playa de Bahía Creek, el oficial Gabriel Mandagaray perdió la vida al ser obligado a ingresar al mar sin medidas de seguridad. A pesar de haber manifestado que no sabía nadar, los instructores le ordenaron entrar al agua vestido con uniforme, borcegos y con su arma reglamentaria.

 

Mandagaray, de 21 años, murió por asfixia por sumersión como consecuencia de una hemorragia subaracnoidea traumática, según determinó la autopsia. En el lugar se encontraban Alejandro Gattoni, coordinador del curso, junto a los instructores Alfredo Nahuelcheo, Maximiliano Vitali Méndez y Marcelo Contreras, quienes posteriormente fueron juzgados y condenados por su responsabilidad en la tragedia.

 

El tribunal de juicio de Viedma dictó sentencia el 25 de julio de 2023, condenando a Gattoni a 4 años y 10 meses de prisión e inhabilitación especial para ejercer funciones policiales por el doble del tiempo. Nahuelcheo y Vitali Méndez recibieron penas de 4 años y 6 meses, y 4 años y 3 meses respectivamente, con inhabilitaciones proporcionales. En el caso de Contreras, el Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) redujo su pena a 3 años de prisión condicional e inhabilitación especial por el doble del tiempo de condena.

 

Sin embargo, la sentencia no quedó firme de inmediato. En agosto de 2024, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ordenó una revisión integral de la condena, aunque finalmente el TIP, con una nueva integración, ratificó la responsabilidad de los acusados y confirmó la sentencia. Aun así, los imputados tienen la posibilidad de apelar nuevamente ante el STJ e incluso ante la Corte Suprema.

 

La investigación determinó que los instructores llevaron a cabo el curso en condiciones que no cumplían con la normativa vigente. Mandagaray y el resto de los aspirantes fueron trasladados a Bahía Creek, obligados a caminar 40 kilómetros durante la noche, con acceso limitado a alimento e hidratación, antes de ser sometidos a ejercicios extremos en el mar. Además de la falta de seguridad, se documentaron prácticas humillantes y degradantes, como hacer que los aspirantes se bañaran desnudos en el mar de noche, ser orinados por los instructores y colocarles máscaras con excremento animal.

 

El juez Carlos Mussi, al fundamentar la decisión del TIP, destacó que los acusados tomaron decisiones extremadamente imprudentes y negligentes. Subrayó que el ingreso forzado al mar sin saber nadar fue un riesgo innecesario y evitable, y que la falta de supervisión y control creó las condiciones que derivaron en la muerte de Mandagaray. Además, enfatizó que la dignidad humana es un derecho fundamental y que los actos cometidos durante el entrenamiento constituyeron tratos inhumanos y degradantes, condenados por tribunales internacionales.

 

El caso sigue abierto en términos judiciales, con posibles nuevas instancias de apelación, pero la responsabilidad de los acusados quedó ratificada en la última revisión del TIP.

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