La Cámara Nacional Electoral anuló el DNU 366/2025, con el que el Gobierno de Javier Milei había transferido a la Dirección Nacional de Migraciones la facultad de intervenir en el otorgamiento de la ciudadanía argentina.
El tribunal sostuvo que la ciudadanía no es un trámite administrativo más, porque implica el acceso a derechos políticos. Por eso, consideró que el Poder Ejecutivo no podía modificar ese régimen por decreto de necesidad y urgencia, ya que la Constitución impide legislar por DNU en materia electoral.
La decisión representa un nuevo freno judicial a la estrategia del Gobierno de avanzar mediante decretos sobre áreas sensibles del Estado. Para la Cámara, el Ejecutivo no sólo se excedió en sus atribuciones, sino que tampoco acreditó una urgencia real que justificara evitar el debate legislativo.
El caso se resolvió en el expediente de Liping Yang, una persona que había solicitado la carta de ciudadanía. Al revisar esa causa, la Cámara declaró la nulidad absoluta del decreto y dejó sin efecto el traslado de competencias hacia Migraciones.
Con el fallo, el trámite para obtener la ciudadanía argentina vuelve a quedar bajo control de los jueces federales, como ocurrió históricamente. La resolución también ordena comunicar la decisión a las autoridades correspondientes para unificar criterios en todo el país.
El trasfondo político es claro: la Justicia volvió a marcar que no todo puede resolverse por decreto. Cuando una decisión afecta derechos políticos y modifica competencias institucionales, el camino debe pasar por el Congreso y no por una decisión unilateral del Ejecutivo.
El fallo deja al Gobierno ante una advertencia concreta: la eficiencia administrativa no puede usarse como argumento para desplazar controles judiciales ni para modificar por decreto reglas vinculadas al ejercicio de ciudadanía.