lunes 06 de abril de 2026 - Edición Nº2679

Regional | 6 abr 2026

Justicia

Fallo de la Corte Suprema reabre el debate por los plazos del proceso penal en Río Negro

El máximo tribunal revocó un sobreseimiento en un caso de violencia de género y puso en discusión el alcance de los límites temporales en la Justicia rionegrina. El precedente “Price” vuelve a escena y genera tensiones en el sistema judicial.


Una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación reactivó un debate que ya venía creciendo en Río Negro: el alcance de los plazos en el proceso penal y las consecuencias de su vencimiento.

 

El fallo del máximo tribunal dejó sin efecto un sobreseimiento dictado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en una causa vinculada a delitos en contexto de violencia de género. A partir de esta resolución, el expediente deberá volver a analizarse y continuará hacia la etapa de control de acusación.

 

Corte Suprema y precedente “Price”: el eje del debate judicial

 

Para resolver, la Corte remitió al antecedente “Price”, un fallo de 2021 originado en Chubut, en el que se cuestionó la validez de normas que disponen el cierre automático de procesos por el mero paso del tiempo. Según el tribunal, este tipo de disposiciones se vincula con la legislación de fondo y no puede ser regulado de manera autónoma por las provincias.

 

Sin embargo, fuentes judiciales de Río Negro advirtieron que la aplicación de ese precedente no está exenta de controversias. Señalaron que “Price” analizó un código procesal distinto y que sus fundamentos no establecen una doctrina uniforme, ya que los votos de los jueces presentaron diferencias sustanciales.

 

Impacto regional: antecedentes en Neuquén y el sistema rionegrino

 

El impacto de esta línea interpretativa ya se había hecho visible en Neuquén. En septiembre de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de esa provincia declaró la inconstitucionalidad del plazo máximo de tres años para la duración de los procesos penales, lo que generó fuertes cuestionamientos dentro del propio Poder Judicial.

 

Las críticas apuntaron a que la eliminación de plazos efectivos podría derivar en procesos interminables y en una desconexión entre el tiempo judicial y el tiempo social. Incluso el fiscal general José Gerez instruyó a los fiscales a continuar respetando los límites previstos por ley, destacando que el derecho a ser juzgado en un plazo razonable es una garantía fundamental.

 

En contraste, el modelo de Río Negro venía consolidando un esquema con plazos definidos y consecuencias claras ante su incumplimiento. El Código Procesal Penal establece el sobreseimiento como resultado del vencimiento de los tiempos de investigación, una política que había sido respaldada institucionalmente por el STJ.

 

El caso y la postura de la Fiscalía: evitar la impunidad en delitos graves

 

El caso que llegó a la Corte fue impulsado por el fiscal general Fabricio Brogna, quien solicitó la inconstitucionalidad del artículo 153 del Código Procesal Penal provincial en su último párrafo, que prevé el cierre de la causa por vencimiento del plazo.

 

Para la Fiscalía, la aplicación rígida de ese artículo en casos complejos puede restringir indebidamente la acción penal y favorecer la impunidad. La Corte validó este argumento y ordenó el reenvío del expediente para un nuevo pronunciamiento acorde a estándares nacionales.

 

La causa en cuestión presenta particularidades relevantes: se trata de un delito continuado en un contexto de violencia de género, donde la víctima se encontraba en situación de vulnerabilidad y dependencia. Según consta en el expediente, el imputado habría influido reiteradamente para que la mujer se retractara de sus denuncias.

 

Reacciones políticas: “Se pone a la víctima en el centro”

 

Desde el ámbito político, el fallo fue interpretado como un respaldo a las reformas impulsadas en la provincia en materia penal. El legislador Lucas Pica, referente del oficialismo, sostuvo que la decisión “pondera el valor justicia y coloca a la víctima en el centro de la decisión”.

 

“Los errores del sistema no pueden caer sobre las víctimas acarreando impunidad. En la causa se discutía si la fiscalía se había excedido en pocos días en la investigación, y el fallo de la Corte evita que esa situación derive en la caída del proceso”, afirmó.

 

En ese sentido, agregó: “Cuando impulsamos medidas como la reiterancia delictiva o la doble condena, buscamos justamente fortalecer el rol de la víctima. Este fallo va en esa misma línea y prioriza la búsqueda de la verdad en delitos graves”.

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