

El Gobierno nacional estableció un límite máximo de $26.500 millones anuales para el régimen de recupero de saldos fiscales acumulados, según lo dispuesto en la Resolución 1353/2025 del Ministerio de Economía. La decisión apunta a contener el gasto público y reforzar el superávit fiscal.
El tope fijado alcanza a créditos fiscales originados durante 2024, así como a aquellos generados entre 2018 y 2023 que no hayan sido recuperados previamente. Este régimen es aplicable a empresas que prestan servicios públicos, cuya facturación se ve reducida por subsidios, compensaciones tarifarias o fondos de asistencia económica otorgados por el Estado nacional.
De acuerdo con la normativa, el recupero procede sobre créditos fiscales facturados por la compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes —excepto automóviles—, así como por locaciones de obras y servicios vinculados directamente a la actividad subsidiada.
La distribución del monto anual quedó definida de la siguiente manera:
Energía: $24.500 millones
Transporte: $1.800 millones
Otros sectores: $200 millones
Según el texto oficial, el cálculo del límite se realizó teniendo en cuenta “las condiciones generales de los ingresos presupuestarios” y busca un equilibrio entre el alivio a las empresas prestatarias de servicios y la estabilidad de las cuentas fiscales.