La FIFA se ha pronunciado definitivamente en el ‘Caso Rubiales’. Su Comisión Disciplinaria ha inhabilitado al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol durante tres años, tanto en el ámbito nacional como internacional, al considerar que su conducta ha infringido el artículo 13 del Código Disciplinario de la FIFA tras su beso no consentido a Jenni Hermoso. Las posteriores presiones que recibió la jugadora por parte de la Federación a través de comunicados y empleados federativos también han influido en la sanción impuesta por los órganos disciplinarios de la FIFA.
El dirigente, que dimitió el pasado 10 de septiembre tanto de su cargo federativo como del de vicepresidente de la UEFA, ya había sido suspendido provisionalmente por un periodo de tres meses por la FIFA. 24 horas después de la declaración de Luis Rubiales en la Asamblea de la Federación, donde explicaba su versión sobre el beso de Jenni Hermoso, la FIFA pasó a la acción. El presidente de la Comisión Disciplinaria suspendió al ya expresidente de la RFEF de toda actividad relacionada con el fútbol a nivel nacional e internacional por un periodo inicial de 90 días que comienzan a contabilizarse desde el 26 de agosto.
Con esta sanción se cierran definitivamente las opciones de Rubiales de presentarse de nuevo a las elecciones de la RFEF, que se celebrarán en el primer trimestre de 2024, ya que el Gobierno redactó una orden por la que cualquier persona que haya sido condenada en firme por la Justicia o sancionada por un tribunal deportivo o federación nacional o internacional no podrá presidir una federación.
Para la jugadora de la selección española, “las continuas filtraciones” de la causa han hecho que se hayan “sobrepasado los límites” y se hayan “vulnerado” sus “derechos básicos”, según expresa a través de un comunicado de su agencia de representación.
Por ello, su equipo legal ha decidido “emprender diferentes acciones para proteger y garantizar su intimidad” y ha instado a “los órganos competentes a tomar medidas contra los responsables de las filtraciones y a buscar soluciones para garantizar la seguridad y custodia de las informaciones de la causa durante el proceso penal”.