La disputa por la Ley de Tierras Rurales volvió a la Justicia Federal de Bariloche después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación restituyera provisoriamente las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. La resolución, firmada el 9 de octubre, reabrió una discusión que enfrenta la desregulación impulsada por el Gobierno nacional con los planteos de organizaciones ambientales y comunidades que reclaman protección de los recursos naturales.
El máximo tribunal suspendió de manera interina los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley 26.737. Ahora, el juzgado de origen deberá analizar si quienes promovieron el amparo tienen legitimación para continuar con la demanda y resolver el pedido de una medida cautelar. La decisión no representa todavía un fallo definitivo sobre la constitucionalidad de la derogación.
La causa comenzó a fines de diciembre de 2023, a partir de una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie, la exlegisladora provincial Magdalena Odarda y representantes de las comunidades mapuches Lafkenche y Lof Fvta Anekon, entre otros actores. El reclamo cuestionó la eliminación de los límites a la adquisición de tierras rurales por extranjeros y planteó la necesidad de proteger el ambiente, los recursos naturales y los derechos colectivos.
El argumento central se apoya en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho a un ambiente sano y equilibrado. Los impulsores del amparo sostienen que la derogación de las restricciones puede tener consecuencias sobre territorios ambientalmente sensibles y que esas implicancias justifican la intervención judicial.
El expediente de Bariloche tiene una diferencia relevante respecto de otra demanda que llegó a la Corte, impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM). En aquel caso, el máximo tribunal rechazó la presentación por falta de legitimación de la entidad. En el proceso rionegrino, la discusión sobre la capacidad de los demandantes para representar los intereses invocados sigue abierta y deberá ser resuelta por el juzgado federal.

La decisión fue firmada por Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia.
El fallo suspendió provisoriamente los efectos del artículo cuestionado del DNU hasta que la Justicia Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y analice el pedido cautelar. En términos prácticos, las restricciones de la Ley 26.737 recuperaron vigencia de manera interina, aunque su continuidad dependerá de las decisiones judiciales pendientes.
El próximo paso será determinar si el amparo puede avanzar y qué alcance debe tener la protección provisoria. No se trata todavía de una definición sobre el fondo de la controversia: la validez constitucional de la derogación y los demás planteos sustanciales siguen sin resolución definitiva.
La dimensión territorial ocupa un lugar central en el reclamo. Bariloche y su entorno reúnen bosques, cuencas hídricas, áreas protegidas y otros espacios de valor ambiental. La organización Árbol de Pie, que participa de reclamos vinculados con el uso del suelo y la conservación de espacios naturales, advierte sobre los posibles efectos de flexibilizar las restricciones en zonas sensibles.
Entre los ejemplos mencionados por referentes de la organización aparece el Cerro Carreras, en Río Negro, asociado a nacientes de cursos de agua. Las advertencias sobre el impacto que podría tener la adquisición de tierras en esos sectores forman parte de los argumentos de los impulsores del amparo y deberán evaluarse dentro del proceso judicial.
La controversia también tuvo expresiones públicas en Bariloche, con actividades y concentraciones de organizaciones ambientales, sectores sindicales, comunidades originarias y agrupaciones vecinales. El debate excede la cuestión de la propiedad y pone en discusión el alcance de las herramientas estatales para resguardar recursos naturales estratégicos.
Por ahora, la Corte estableció una protección provisoria y trasladó la discusión inmediata a la Justicia Federal de Bariloche. La resolución que adopte ese juzgado será determinante para establecer si el amparo continúa y bajo qué condiciones se mantiene la cautelar, mientras sigue abierto el conflicto nacional por la derogación de la Ley de Tierras.