Un proyecto de ley presentado en Río Negro propone habilitar a las comunidades originarias de la provincia a solicitar licencias para explotar casinos, salas de bingo y máquinas tragamonedas, además de desarrollar actividades de hotelería y gastronomía. La iniciativa fue impulsada por el empresario y dirigente de La Libertad Avanza Roberto Zgaib y plantea un esquema de explotación bajo convenios con el Estado provincial y fiscalización pública.
El objetivo declarado es generar una fuente propia y estable de recursos para las comunidades, que puedan ser destinados a salud, educación, vivienda, infraestructura y desarrollo productivo. El proyecto toma como referencia el sistema de juego indígena vigente en Estados Unidos, aunque plantea una adaptación al marco constitucional y regulatorio argentino.

La propuesta establece que podrán acceder al régimen las comunidades originarias de cualquier punto de Río Negro que cuenten con personería jurídica y acrediten la posesión o propiedad comunitaria de las tierras reconocidas.
A diferencia del modelo estadounidense, donde existe una regulación federal específica para el juego indígena, en Argentina la actividad corresponde a las provincias. Por eso, el proyecto establece que las licencias serían otorgadas a través de la Lotería de Río Negro y formalizadas mediante convenios entre el Estado provincial y cada comunidad.
El texto también plantea una implementación gradual. Durante los primeros tres años se permitiría un máximo de cuatro licencias de casino, mientras que el Poder Ejecutivo debería presentar informes anuales ante la Legislatura sobre las autorizaciones otorgadas, la recaudación y el funcionamiento del régimen.
La iniciativa se apoya en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, que reconoce la personería jurídica y la propiedad comunitaria de las tierras indígenas, y en el artículo 42 de la Constitución de Río Negro, que garantiza derechos vinculados al desarrollo económico y social de las comunidades.
Además, contempla la participación de las comunidades durante la reglamentación, en línea con los principios del Convenio 169 de la OIT, que establece la participación de los pueblos indígenas en las decisiones que los afectan.
El proyecto distingue diferentes categorías de juego. Las comunidades podrían explotar bingos y juegos de naipes no bancados, mientras que los casinos y tragamonedas requerirían un convenio específico con la Provincia.
La fiscalización quedaría a cargo de la Lotería y de una Comisión Provincial de Fiscalización con representación de las comunidades. También se prevén auditorías externas anuales, controles de antecedentes y mecanismos para prevenir la ludopatía, entre ellos un registro de autoexclusión.
Uno de los puntos centrales del proyecto es que las tierras comunitarias quedarían fuera de cualquier operación financiera. El texto establece que no podrían utilizarse como garantía, ser embargadas o quedar comprometidas por contratos de financiamiento.
Para atraer inversiones, en cambio, se contemplan mecanismos como contratos de gerenciamiento con financiamiento de obra, fideicomisos sobre futuros flujos de fondos y leasing de equipamiento, con límites sobre los plazos y las retribuciones.
La Provincia recibiría un canon de entre el 5% y el 12% de lo producido por el juego. La mitad de ese canon se destinaría, según la iniciativa, a un Fondo de Desarrollo de Comunidades Originarias.
Las utilidades obtenidas por las comunidades deberían orientarse al gobierno comunitario, salud, educación, vivienda, infraestructura y desarrollo productivo. El reparto directo entre integrantes quedaría sujeto a un plan previamente aprobado y a mecanismos específicos de protección para niñas, niños y adolescentes.
El proyecto también enumera causales para retirar una licencia, entre ellas la manipulación de los juegos, el ingreso de menores, hechos de violencia o intimidación, operaciones vinculadas al lavado de activos o crimen organizado y determinadas situaciones relacionadas con la propiedad de terceros.
La experiencia estadounidense aparece como uno de los principales antecedentes de la iniciativa. La Indian Gaming Regulatory Act, sancionada en 1988, estableció un marco específico para regular el juego en tierras indígenas. Según la National Indian Gaming Commission, durante el ejercicio fiscal 2025 los establecimientos de juego tribal generaron US$46.200 millones, con 545 establecimientos operados por 246 tribus en 29 estados.
Zgaib plantea trasladar parte de esa lógica a Río Negro, aunque dentro de las competencias provinciales y con un sistema de licencias, convenios y controles estatales.
En paralelo, el dirigente impulsa el desarrollo de Paso Córdoba, en General Roca, como un polo de turismo vinculado al río y al patrimonio paleontológico, con participación de inversión privada.
Según explicó, ambas propuestas forman parte de una misma visión de desarrollo: aprovechar recursos territoriales y turísticos para atraer inversiones y generar empleo local.
“No se trata de darle un privilegio a nadie, sino de ordenar una actividad legal, con control del Estado, para que los recursos se queden y se multipliquen en las comunidades y en las localidades donde se asientan”, sostuvo Zgaib.
Sobre Paso Córdoba, agregó: “Tiene un potencial enorme y necesita inversión privada que se anime a desarrollarlo. Con reglas claras, esa inversión va a traer hoteles, gastronomía, turismo y empleo para General Roca”.
El proyecto abre así un debate que todavía deberá atravesar la Legislatura: cómo compatibilizar el desarrollo económico de las comunidades originarias con la regulación del juego, los controles estatales, la prevención de la ludopatía y las particularidades jurídicas de la propiedad comunitaria.