La información, publicada por el medio Agendas Malvinas, da cuenta de que el juez de Primera Instancia, Gustavo González, brindó precisiones clave sobre el alcance de la sentencia que involucra a la empresa LeoLabs Argentina S.R.L., en el marco de la polémica por el radar de capitales británicos instalado en Tolhuin, en Tierra del Fuego. Lo hizo durante una entrevista radial con el periodista Daniel Puebla en FM Aire Libre, donde aclaró que la resolución judicial va más allá de lo solicitado inicialmente por la Inspección General de Justicia (IGJ).
En ese sentido, el magistrado dejó en claro que la decisión del tribunal no se limita a una disolución convencional de la sociedad, sino que avanza sobre un aspecto más profundo: la nulidad de su inscripción legal. Esto implica, en términos concretos, que la empresa queda sin reconocimiento jurídico en la provincia de Tierra del Fuego.
Según explicó el juez Gustavo González, la IGJ había solicitado originalmente la “disolución y liquidación” de la firma. Sin embargo, tras analizar informes técnicos del Ministerio de Defensa de la Nación y de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Conectividad, el tribunal resolvió declarar la nulidad de la inscripción de la empresa.
¿QUÉ HACÍA UN AVIÓN DE LA EMBAJADA DE EEUU EN TIERRA DEL FUEGO SIN AVISO OFICIAL?
— AgendaMalvinasOK (@Agenda_Malvinas) October 11, 2025
La presencia del "Águila 5" de EEUU en Río Grande, alimenta la teoría de que llevó personal militar o técnicos para reactivar el radar LeoLabs en Tolhuin.https://t.co/HPd3lqrxPZ
“Advertimos que el caso trasciende el derecho societario”, afirmó Gustavo González, subrayando que la posible capacidad dual —civil y militar— del radar obligó a considerar el interés público y la seguridad nacional. De este modo, el fallo no solo afecta la operatoria de la firma, sino su propia existencia legal.
Esta decisión representa un giro sustancial en el conflicto, ya que elimina la base jurídica que sostenía la presencia de LeoLabs en territorio fueguino, colocándola en una situación de extrema vulnerabilidad institucional.
Uno de los puntos más relevantes que aclaró el magistrado es que la sentencia no ordena el desmantelamiento físico del radar. Gustavo González fue enfático al señalar que esa cuestión excede el marco del expediente tratado.
El eventual desarme de las antenas forma parte de otra causa impulsada por la Municipalidad de Tolhuin ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ). En ese ámbito se definirá si corresponde o no la demolición del complejo tecnológico.
Mientras tanto, el fallo actual introduce un elemento clave: al quedar anulada su inscripción, LeoLabs pierde su personería jurídica, lo que debilita su capacidad de defensa en los procesos judiciales en curso.
Consultado sobre el estado actual del radar, el juez indicó que no tiene certeza sobre su funcionamiento real. No obstante, señaló que tanto la empresa como el Ejecutivo provincial han declarado que el sistema se encuentra inactivo, bajo el principio de “buena fe”.
En paralelo, recordó que existe una medida cautelar de “no innovar”, que prohíbe cualquier tipo de operación del radar. En caso de incumplimiento, se configuraría una falta grave que debería ser denunciada ante la Justicia.
El fallo también incluyó una advertencia directa a la IGJ respecto a futuros controles. “No es lo mismo una SRL que quiere fabricar zapatos que una empresa que quiere instalar un radar”, sostuvo Gustavo González, marcando la necesidad de aplicar criterios más estrictos ante proyectos con potencial impacto estratégico en Tierra del Fuego.
Por último, el magistrado recordó que la resolución es de primera instancia, por lo que tanto la empresa como la IGJ pueden apelar ante la Cámara correspondiente. Aun así, el fallo ya marca un precedente de alto impacto: LeoLabs dejó de ser una empresa en proceso de liquidación para convertirse en una entidad cuya existencia legal fue anulada por afectar intereses superiores del Estado nacional.
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